martes, 16 de abril de 2013

Indignante Ordenanza Municipal en La Laguna

https://www.change.org/es/peticiones/ayuntamiento-de-san-crist%C3%B3bal-de-la-laguna-tenerife-cambio-de-la-ordenanza-municipal-sobre-el-litoral-lagunero#share
En el Boletín Oficial de La Provincia de Santa Cruz de Tenerife del día 3 de Abril de 2013 se ha aprobado inicialmente una "Ordenanza Municipal reguladora del uso público de las piscinas marinas, playas y zonas/lugares de baño del litoral del término municipal de San Cristóbal de La Laguna" cuyo contenido considero, junto a muchos otros, indignante.
En esta ordenanza se prevé limitar el uso del litoral mediante la imposición de un horario injusto y absurdo y que muestra un absoluto desconocimiento del uso que los ciudadanos dan al litoral, previendo duras sanciones por el uso de un espacio absolutamente público como es una playa o una piscina. Cito el pasaje donde estos se describen: "g) Horario de playa: invierno (noviembre-marzo) 10:30 a 18:00 horas. Verano (abril -octubre) de 10:30 a 20:00 horas." El incumplimiento de dicho horario se considerará falta grave, con una multa multa desde setecientos
cincuenta euros con un céntimo (750,01) hasta mil quinientos (1.500,00) euros.
Aparte de eso se prohibe:
- cualquier tipo de acampada siempre que no sea en un camping ("Artículo 7.- Acampadas. Quedan prohibidos los campamentos y acampadas de todo tipo, durante todo el año en todas las piscinas naturales, playas y zonas de baño del litoral del término municipal. Asimismo esta prohibición se extiende a las zonas
de servidumbre de protección y tránsito y de influencia. Los únicos espacios permitidos para tal actividadserán los establecimientos de campings, que contarán
con un horario de apertura y cierre acorde a las circunstancias y temporada{...}" - Se considera falta grave, multa desde setecientos cincuenta euros con un céntimo (750,01) hasta mil quinientos (1.500,00) euros.)
- cualquier tipo de juego: adiós fútbol, adiós palas, y como la prohibición se aplica también a juegos en en el mar, adiós surf (5.- Queda prohibido en las zonas y aguas de baño (tanto en la arena de la playa como en el agua del mar, y especialmente en la zona de ribera y rebalaje), y en las piscinas, la realización de actividades musicales, juegos u otros ejercicios que pudieran causar molestias o daños a terceros.{...} - se considera falta leve el realizar juegos, grave el escuchar música; multa desde ciento cincuenta (150,00) euros hasta setecientos cincuenta (750,00) euros.)
- llevar cualquier tipo de animal, se acabaron los paseos por la playa con el perro ("1. No se permite el acceso de animales a la zona a la que se refiere el ámbito de aplicación de la presente Ordenanza con el fin de prevenir y evitar las molestias y peligros que los animales puedan causar, tanto a las personas como a las instalaciones, siendo de aplicación lo dispuesto en la Ordenanza Municipal Reguladora de la Tenencia de Animales Potencialmente peligrosos y en la Ordenanza Municipal reguladora de la protección y tenencia de animales de compañía, y en la Ordenanza Municipal reguladora de la limpieza de los espacios públicos y gestión de residuos sólidos urbanos." - falta leve, multa desde ciento cincuenta (150,00) euros hasta setecientos cincuenta (750,00) euros.)
Estas restricciones y sanciones descubren un afán de controlar un espacio público sin tener en cuenta el uso que los ciudadanos hacen de él, especialmente al respecto de la imposición de un horario de uso que parece más bien el horario de apertura de un establecimento privado.
Con esta petición nos gustaría mover al aynutamiento de La Laguna a repensar una ley a todas luces injusta y salida del absoluto desconocimiento de cómo funciona el litoral canario y el uso que los ciudadanos, sus legítimos dueños, hacen de él.

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